viernes, 28 de octubre de 2011

Denuncian el avance de doctrinas eliminacionistas en el Congreso


La Defensoría de la Vida Humana presentó un informe interdisciplinario, preparado desde la perspectiva del niño o niña por nacer, como aporte para el debate de los proyectos para legalizar el aborto a tratar por la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados de la Nación.

     El informe describe los revolucionarios avances logrados por la Ciencia en los últimos veinte años y señala que los efectos de estos estudios obligaron a redefinir algunos conceptos que antes parecían inalterables. Desde que la ciencia facilita la sobrevida de niños en gestación alumbrados cada vez más prematuramente, según señala la Defensoría de la Vida Humana, el término "aborto" quedó limitado a la interrupción natural y espontánea de un embarazo.

     Es la Naturaleza quien aborta un proceso gestacional mientras que, si un embarazo se interrumpe voluntariamente, se estará entonces en presencia de una interrupción voluntaria del embarazo.

     Claro está que en ese caso habrá que diferenciar dos distintos supuestos: la interrupción del embarazo con la finalidad de preservar la vida de la madre y del niño (es el caso de la tan común intervención cesárea para adelantar el alumbramiento ante un riesgo para la madre o para el niño o niña en gestación) y la interrupción del embarazo con la finalidad de "eliminar" al niño o niña en gestación, aún cuando pudiera brindársele alternativas y terapias de sobrevida.

     En este último supuesto, ya sea que se provoque la eliminación del niño por nacer por medios mecánicos o químico- medicamentosos, la Defensoría califica esa conducta como "homicidio prenatal". En la medida que los proyectos que se intenta debatir en la Cámara de Diputados admiten la eliminación de niños o niñas por nacer como solución para las diferentes problemáticas de la mujer que allí se describen, sin contemplar sus derechos, la Defensoría de la Vida Humana los identifica como "eliminacionistas".

     El informe fue preparado por un conjunto de expertos en neonatología, biología humana, derecho y otras disciplinas afines todos integrantes de la organización de derechos humanos que lo presentó en el Congreso. A la Defensoría de la Vida Humana se le atribuye la enunciación jurídica formal de la Doctrina de la Conciliación de Derechos. Esta perspectiva admite el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo en situaciones especiales, pero reconoce también y en igualdad de planos el derecho del niño o niña por nacer, aun aquellos concebidos como resultado de una violación, a continuar su proceso evolutivo y a lograr una vida en plenitud, exigiendo simultáneamente al Estado su obligación de brindarle la posibilidad de sobrevida y de poner a su disposición los medios técnicos de los que la Ciencia dispone.

     Esta organización cobró notoriedad hace algunos años cuando su doctrina de la conciliación de derechos se reflejó en el veto presidencial del doctor Tabaré Vázquez a la ley que pretendía autorizar el aborto en Uruguay, con base en estrictos argumentos de ciencia y de derechos humanos.

     La doctora Elisa Schaer, presidente de la Defensoría de la Vida Humana, señaló que la perspectiva del problema cambió y se enriqueció desde que es posible mantener en equilibrio la trilogía que conforman el derecho de la mujer, el derecho del niño por nacer y el deber irrenunciable del Estado como moderador y conciliador de todos los derechos.

     El informe presentado también denuncia que los proyectos que se intenta debatir pretenden crear un umbral temporal arbitrario recién a partir del cual se reconocería derecho a la vida del niño o niña en gestación. Antes de llegar a ese umbral temporal, los niños y niñas por nacer serían considerados simples cosas, es decir quedarían catalogados como "personas disponibles" cuya vida podría eliminarse impunemente por decisión de otros con condición de superioridad sobre ellos.

     A partir de ese escalón temporal, según los proyectos en tratamiento ante la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, se ganaría o se perdería arbitrariamente la condición humana, lo que configura un gravísimo precedente, pues con el mismo argumento podría mañana proponerse que se deje de considerar persona humana a quienes superen cierta edad, presenten alguna condición determinada de salud, pertenezcan a cierta etnia o que se encuadren en los parámetros de una determinada política criminal eugenésica, por ejemplo los que hayan cometido ciertos delitos.

     Informes: www.defenvida.org.ar .+
 
FUENTE: AICA 

1 comentario:

  1. JAQUE MATE A LA DOCTRINA DE LA IGLESIA. La importancia capital de la crítica a la cristología de san Pablo, radica en que nos aporta los elementos de juicio necesarios para darnos cuenta el monstruoso error que cometió Pablo en sus epístolas al mutilar la naturaleza humana de Cristo; cegando a la humanidad de la posibilidad del hombre de alcanzar la trascendencia humana y la sociedad perfecta practicando el altruismo, el misticismo y el activismo social intensos; y de la urgente necesidad de corregir la doctrina de la Iglesia formulando un nuevo cristianismo que no omita sino que acentué la trascendencia humana de Cristo que es su cualidad más importante, a fin de afrontar con éxito los retos y amenazas de la modernidad. http://es.scribd.com/doc/73578720/CRITICA-A-LA-CRISTOLOGIA-DE-SAN-PABLO

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